S.V.: El día 16 de diciembre Jorge va hasta la Embajada Mexicana y
pide asilo diplomático. Iniciamos un proceso de dossier, yo me
encargué de presentar todo su procedimiento, fueron más de 4,000 páginas, múltiples
reuniones con la Cancillería mexicana, para justificar que se le otorgue el
asilo efectivamente se le otorgó el día 5 de abril y el día 6 de abril
fue secuestrado en la Embajada Mexicana en Quito, por orden del gobierno de Ecuador. A raíz de eso él está pasando
realmente situaciones de total inhumanidad, ha sido torturado, ha recibido tratos
crueles inhumanos, degradantes, su celda está plagada de roedores, ha sido mordido por ratas
A.M.:Jorge Glas se refugia
en la Embajada de México al amparo de una convención regional que es la
convención de Caracas de 1954, es una convención que rige en América Latina que de
alguna forma codifica el derecho consuetudinario de la región, en la cual si una persona está perseguida
políticamente puede refugiarse en el interior de una misión diplomática y el
país receptor de esa misión diplomática tiene la obligación de conceder un salvo
conducto para que esa persona deje el país en condiciones de seguridad, para materializar el asilo territorial en el
país que le ha garantizado esa protección internacional.
No existe precedente de que un estado invada la misión diplomática de
otro estado para secuestrar a la fuerza y mediando trato cruel, degradante e incluso tortura -le dieron palizas dentro de la misión diplomática, se le dislocaron los dos dedos a la hora de ponerle las esposas y los sacaron mediante golpizas- como ahora vemos a una persona que había recibido
el estatus de asilado por orden directa y así quedó manifestado en un
comunicado del propio presidente de la república de Ecuador. No existe
precedente de una medida así durante la dictadura de Pinochet, cuando se producía la Caravana de la muerte o las
detenciones arbitrarias y posteriores ejecuciones y desapariciones en el estadio de Santiago de Chile o en
Argentina, durante toda la la junta militar, con los vuelos de la muerte, detenciones arbitrarias en la ESMA y otros centros clandestinos, jamás ninguna de esas
dictaduras militares se atrevió nunca a asaltar una Embajada para detener arbitrariamente a una
persona que había sido asilada.
Cuando se produjo este hecho todos los académicos
buscamos y rebuscamos para encontrar algún precedente y no hay precedente como este donde
hay una decisión presidencial de asaltar una Embajada. Lo que hizo Ecuador en la Embajada de México en Quito es una violación radical a una norma
fundamental de la convivencia del derecho internacional, que es la
inviolabilidad de las misiones diplomáticas. Esta es una norma consuetudinaria que rige desde el medievo
El recordado asilo de Julian Assange en la Embajada de Ecuador
Aitor Martinez: En materia de asilo diplomático Ecuador era un país que
había puesto a la figura del asilo diplomático en el frontispicio de la
comunidad internacional, a través del caso ASSANGE, en este caso Ecuador confiere asilo diplomático al periodista en su Embajada en
Londres y se enfrenta al Reino Unido, quien como todos recordáis, incluso amenazó con ingresar violentamente
la Embajada.
Aunque en aquel entonces, los países latinoamericanos se posicionaron en contra del Reino Unido, Ecuador acudió a la Corte Interamericana
de Derechos Humanos durante el asilo de Julian Assange, para consultar si efectivamente Ecuador estaba cumpliendo con sus obligaciones como país asilante y en un
fallo impecable, en 2018, la Corte hace un análisis de
la institución del asilo en latinoamérica, del asilo territorial y del asilo diplomático, y le dice a Ecuador que está cumpliendo con sus obligaciones -porque el asilo diplomático es un brazo que extiende
la protección al exterior para traerse a esa persona hacia el asilo territorial- y además le indica a Ecuador que
nadie puede violar su misión diplomática en Londres, porque ese es un principio
sacrosanto.
Llamativamente del Ecuador de Rafael Correa, que encontraba el amparo y la cobertura de la Corte
Interamericana en materia de asilo diplomático, pasamos al Ecuador de Daniel Novoa que destroza la figura del asilo
diplomático en contra de la propia opinión consultiva que había interesado Ecuador, para refrendar, confirmar y cementar
la institución del asilo diplomático, lo que ha sucedido después de que Jorge Glas
fuese detenido arbitrariamente en la Embajada de México en Ecuador.
México demandó a Ecuador por la violación de su misión
diplomática, la Corte Internacional de Justicia abrió una causa "México
versus Ecuador" que está avanzando a su resolución de fondo; pero paralelamente Ecuador
demandó a México, argumentando que se había realizado un ejercicio
pervertido de la institución del asilo, al conferir asilo diplomático a Jorge Glas y ahora se está esperando que México presente su contrademanda. Esta es una acción que puede
durar aproximadamente entre uno y 2 años hasta que la Corte Internacional dicte sentencia
En lo
que tiene que ver con el derecho interno, se presentó
una medida de habeas corpus, por la cual un
individuo solicita que una autoridad judicial revise su detención practicada por
las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, para determinar si la detención efectivamente ha sido ilegal o
arbitraria.
Jorge Glas se encuentra desde entonces en una situación muy dramática, en una prisión de máxima seguridad
en condiciones infrahumanas y además contando su defensa con muy poca
información en torno a lo que sucede con él en esa prisión, no tiene reuniones confidenciales con sus abogados, no mantiene
reuniones confidenciales nunca, en todo momento está escoltado por fuerzas de seguridad, por militares, o por
funcionarios de prisión que están al lado escuchando todo lo que habla. ss
Intento de suicidio
Hubo un episodio de intento de suicidio que no ha sido aclarado. Jorge Glas ha ingresado en el hospital naval en un intento de suicidio por ingesta masiva de medicamentos y aquí la
pregunta que todos nos hacemos es ¿cómo dentro de un centro penitenciario
una persona ha podido tener acceso a una ingesta masiva de medicamentos?, cuando esa persona se encuentra tutelada por
las autoridades penitenciarias, que deben precisamente salvaguardar ese tipo de intentos de suicidio. Eso nunca ha
sido aclarado
La situación que vive Jorge Glas actualmente
dentro de la prisión, ha conllevado que se solicite a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos que amplíe las medidas cautelares para dar una mayor
cobertura al derecho a la vida que está en riesgo.